El Ministerio de Universidades publica el Real Decreto de Homologaciones y Equivalencias en audiencia pública.
- La simplificación de trámites y el acompañamiento de tecnologías digitales permitirá reducir la duración de las resoluciones a seis meses.
- El nuevo Real Decreto tiene como objetivo regular el procedimiento de homologación y de declaración de equivalencias
- Con su desarrollo se ha buscado dotar de eficiencia y agilidad a dichos procedimientos.
Es prioridad para el Ministerio de Universidades ponerse al servicio de los y las profesionales que han decidido empezar una nueva vida en nuestro país contribuyendo con su talento al desarrollo de nuestra economía del conocimiento.
Las medidas que este decreto quiere poner en marcha van en dos direcciones: digitalización y agilización de trámites. Una simplificación de los procedimientos administrativos que mantengan la calidad y los controles pero que sean útiles para todas aquellas personas que han de tramitar un procedimiento de homologación o equivalencias.
Entre los principales objetivos de este decreto está favorecer la reducción en el trámite de las resoluciones hasta los 6 meses. La norma establece plazos máximos para cada uno de los trámites del procedimiento.
En el caso de las solicitudes de homologación de un título extranjero a un título universitario oficial español que permita el acceso al ejercicio de una profesión regulada, será necesario solicitar un informe a los Colegios Profesionales, que tendrán un plazo máximo de 10 días para emitirlo.
Asimismo, los informes de carácter técnico y vinculante que emitirá la Comisión de Análisis Técnico de Homologaciones y de Declaración de Equivalencias, deberán emitirse en un máximo de dos meses.
Además, en relación con el procedimiento de convalidación de estudios universitarios extranjeros, se establece un plazo máximo de dos meses para la resolución del mismo por las universidades.